Embarcaciones

SEGURO PARA BARCOS, YATES, MOTOS DE AGUA

Viento en popa y toda vela.

En PRECIOdeSEGUROS.es queremos que disfrutes de una navegación tranquila en tu barco.

Nuestro Seguro para Embarcaciones da cobertura a los propietarios y usuarios de embarcaciones de recreo de todo tipo:
• Embarcaciones a motor
• Yates
• Veleros
• Neumáticas
• Semirrígidas
• Motos de agua

El mar no se puede controlar. Pero el uso de tu embarcación si:
• Uso particular
• En propiedad, o bien alquilada con o sin tripulación
• Escuela

Nuestras pólizas cuentan con una serie de garantías básicas que se complementan con otras garantías opciones para poder adaptarnos mejor a tus necesidades:
• Responsabilidad civil obligatoria
• Responsabilidad civil voluntaria
• Pérdida total
• Robo
• Institute Yacht Clauses (cláusulas españolas o inglesas)
• Asistencia náutica
• Gastos de remolcaje de la embarcación
• Defensa jurídica
• Seguro de accidentes
• Efectos personales

Dentro de nuestra oferta, también completamos el seguro por días para las embarcaciones. Un seguro náutico temporal desde el primer y cumpliendo unos requisitos mínimos.

SEGURO PARA EMBARCACIONES Y MOTOS DE AGUA

Preguntas frecuentes:
¿Es obligatorio el seguro de una embarcación?
Es obligatorio para todas las embarcaciones, tanto de recreo como deportivas que:
• Las embarcaciones propulsadas a motor
• Las embarcaciones de más de seis metros de eslora
• Las embarcaciones que participan en regatas o competiciones, así como en sus entrenamiento
¿Dónde estoy cubierto?
Aunque depende de cada aseguradora, por norma general se cubre la navegación por el interior de España (embalses, lagos, ríos, etc.), hasta 200 millas del litoral español y la travesía entre la península y las Islas Canarias.
Algunas aseguradoras amplían esta cobertura a la navegación por el interior de la Unión Europea y el litoral portugués y el litoral mediterráneo europeo.
¿Qué documentación tengo que llevar en mi barco?
El patrón tiene que llevar el certificado de registro español, el permiso de navegación, certificado de inscripción para las embarcaciones con marcado “CE” de 12 metros de eslora o menor, certificado de navegabilidad con la Inspección Técnica de Buques (ITB) vigente, titulación oficial del patrón de la embarcación, recibo del seguro, abanderamiento, matriculo o puerto de matrícula, registro, documentación personal de los tripulantes.
Y aunque es poco usual, también se puede pedir el pago del IVA o el impuesto de matriculación.
¿Qué documentación necesito para asegurar una embarcación?
Los datos del tomador: nombre y apellidos, DNI, fecha de nacimiento, dirección postal, etc.
Los datos de la embarcación:
• Yates y embarcaciones a motor: marca y modelo, año de construcción, matrícula, eslora, número de motores, potencia y nombre
• Veleros: marca y modelo, año de construcción, matrícula, eslora, número de motores y nombre
• Neumáticas y semirrígida: marca y modelo, año de construcción, matricula, eslora, número de motores, potencia y nombre
• Motos de agua: marca y modelo, año de construcción, matrícula y potencia
¿Qué diferencia hay entre las cláusulas inglesas y las españolas?
Con las condiciones españolas se cubre lo que menciona expresamente en la póliza. Mientras que con las condiciones inglesas se cubre todo lo que no se indica como excluido, referente a las coberturas de daños y responsabilidad civil.
Hago regatas o competiciones ¿tengo cobertura?
Si. Dentro de nuestra oferta, tenemos aseguradoras que te dan cobertura para que puedas participar en las regatas nacionales.
¿Quién realiza el servicio de remolque marítimo?
La Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (Salvamento Marítimo) es quien realiza el remolcaje hasta el puerto más cercano. Este servicio de remolcaje es abonado por el asegurado y posteriormente la compañía aseguradora le reembolsara el dinero al asegurado.
La embarcación es de bandera extranjera ¿Puedo asegurar la embarcación en España?
Si. Pero si no tuviésemos la matrícula, sería necesario identificarla con el número de casco en la póliza.

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